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Las multas llegan hasta los $150
29 DE Octubre 2013 - 02:01
Sesenta días corridos tienen los ciudadanos que el domingo no votaron para justificar las razones por las que no cumplieron con esa obligación cívica. La Cámara Electoral nacional precisó que la medida alcanza solo a quienes están obligados por ley a emitir el sufragio, y ellos deberán justificar la abstención en la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio, con la documentación que acredite la falta.
El cuerpo creó recientemente el registro de infractores al deber de votar, que recopila los datos de los electores mayores de 18 años y menores de 70 que no hayan emitido su voto ni justificado la omisión. Ya se puede hacer la consulta con relación a las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) de agosto pasado, en el sitio de Internet de la Cámara Nacional Electoral (www.electoral.gob.ar).
Los infractores podrán regularizar su situación mediante el pago de la multa. En la página de Internet podrán generar e imprimir la correspondiente boleta de pago.
Los detalles
Mediante una acordada extraordinaria, la Cámara Nacional Electoral determinó el monto de las multas para quienes no votaron en las elecciones primarias del 11 de agosto y en las generales legislativas de este domingo.
Si la infracción corresponde solo al primer acto, la multa es de $50; si el ciudadano no cumplió con ninguna, la pena sube a $100, que se acumularán a los $50 anteriores, por lo que deberá pagar $150.
El infractor además no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección. Tampoco podrá realizar gestiones o trámites durante un año.