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El DNI digital (libreta celeste o tarjeta) debe ser presentado para salir de Argentina con destino a países del Mercosur.
La Dirección Nacional de Migraciones informó que los argentinos que salgan del país con destino a los países del Mercosur y estados asociados deberán presentar el DNI digital (libreta celeste o tarjeta), o el pasaporte mientras que para el resto de los países es obligatorio y excluyente contar con el pasaporte.
30 DE Diciembre 2016 - 17:11
La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) informó hoy que los argentinos que salgan del país con destino a los países del Mercosur y Estados asociados deberán presentar el DNI digital (libreta celeste o tarjeta), o el pasaporte, mientras que para el resto de los países es obligatorio y excluyente contar con pasaporte.
Cabe aclarar, que para viajar a los países del Mercosur (Brasil, Bolivia, Paraguay, Uruguay y Venezuela) y estados asociados (Chile, Colombia, Ecuador y Perú) -donde se puede presentar sólo DNI, "no son más válidos los DNI escritos a mano" sean libretas de tapa celeste, verde, o bordo.
Los extranjeros residentes en Argentina pueden viajar a cualquiera de los países sudamericanos citados, con DNI digital o pasaporte de su país aunque se recomienda realizar las consultas a los consulados de los países que pretendan visitar.
Los extranjeros que ingresaron al país -salvo los que figuran en la categoría migratoria "permanente"- y se hayan excedido en el plazo de permanencia autorizada en el territorio, deberán tramitar la habilitación de salida en cualquiera de las delegaciones o en las sedes administrativas habilitadas por la DNM.
Los menores de 18 años que viajen fuera del país necesitan presentar, además del DNI digital o pasaporte, una autorización de acuerdo a las condiciones en que realice el viaje: si lo hace con ambos padres bastará con que ellos acrediten el vínculo mediante la libreta civil de familia, la partida o certificado de nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres.
En cambio, si el menor viaja solo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del padre o madre ausente.
Mientras que si el menor que viaja es hijo de menores de edad, necesitará la autorización de ambos padres y el permiso de uno de sus abuelos.
Todos los documentos deben presentarse en original, o copias debidamente legalizadas o certificadas.
En aquellos casos de tratarse de escrituras o instrumentos públicos o privados emanados por autoridad extranjera deberá además contar con la traducción si no estuviere redactado en idioma castellano, y legalizado o apostillado según corresponda.
Las autorizaciones pueden ser otorgadas por escribanos, cónsules argentinos en el exterior y extranjeros en Argentina, jueces competentes, el Registro Civil, y la DNM.
En el caso de ser gestionada a través de la DNM, la autorización tiene una tasa de 600 pesos, validez por un solo viaje, y debe ser utilizada dentro de los 30 días de su emisión, trámite para el que es obligatoria la presencia de ambos padres, quienes deberán acreditar la filiación con el menor.
La autorización puede gestionarse en el Aeropuerto de Ezeiza, el Aeroparque, el Puerto de Buenos Aires, y en la sede central, los pasos fronterizos, delegaciones y oficinas migratorias del país.
En días no laborales o feriados sólo en los pasos de salida del territorio, incluyendo el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y Aeropuerto Jorge Newbery, y la Terminal de Omnibus de Buenos Aires.