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La norma que aprobaron los concejales determina los principios que regirán la política mortuoria del Ejecutivo municipal de la ciudad.,
17 DE Agosto 2024 - 02:21
El Concejo Deliberante aprobó una Ordenanza para actualizar el régimen jurídico de los cementerios municipales de la ciudad de Salta.
Incorpora aspectos sobre inhumaciones, cinerarios y columbarios, permiso de uso de nichos y mausoleos, y fija "la política mortuoria", se informó desde el cuerpo deliberativo tras la aprobación de la norma.
La edil, Agustina Álvarez, promotora de los cambios fundamentó que se busca evitar problemas que tenía la gente y brindar soluciones.
"Había temas relacionadas con los mausoleos, donde los titulares habían fallecido y quienes quedaban a cargo no podían tomar medidas", dijo y resaltó que "se trata de llevar la normativa al siglo XXI, dando facilidades al ciudadano, cambiando la política mortuoria y creando figuras como la del Administrador Provisional".
La Ordenanza declara parte del dominio público las tierras del Ejecutivo comunal que estén ocupadas por cementerios municipales. Establece que la Intendencia ejercerá el poder de policía en materia mortuoria dentro de los cementerios ubicados en el ejido municipal.
También en actividades, operaciones y servicios vinculados, directa o indirectamente, con los cementerios, el traslado, la custodia y conservación de cadáveres, independientemente del carácter público o privado del servicio.
Entre los principios de política mortuoria se citan, entre otros, garantizar la dignidad y el respeto tanto al difunto como a sus deudos, asegurar un entierro digno para todos los habitantes de la ciudad, respetar los diversos cultos, religiones, costumbres e incentivar la mejora continua en la calidad de los servicios funerarios públicos y privados.
El segundo capítulo contiene aspectos relacionados con inhumaciones, indicando tipos y prohibiendo el uso de ataúdes metálicos en tierra, así como la exhumación de cadáveres de sepulturas, enterratorios o fosas habiendo transcurrido tres días hábiles desde la inhumación, salvo que sea ordenada por autoridad judicial.